Te has preguntado alguna vez… ¿Cuál es la diferencia entre contrato indefinido y temporal? !Pues como gestoría online especializada en temas laborales te las vamos a resolver¡

El contrato indefinido, es el acuerdo entre empresa y trabajador donde no se especifica una fecha fin. Esto no quiere decir, que el trabajador deba permanecer en la empresa en contra de su voluntad por estar contratado de manera indefinida. El trabajador deberá asumir unas determinadas consecuencias.

En caso de querer romper la relación laboral por voluntad propia, como la perdida de la prestación de desempleo, no significa que nunca más va a poder cobrar el desempleo, si no que este último trabajo al haber cesado voluntariamente no le da derecho a percibirlo.

El trabajador tendría que ser contratado de nuevo por un tiempo determinado para volver a generar dicho derecho y poder solicitar la prestación contributiva. El cese voluntario también conlleva la pérdida de indemnización por parte de la empresa. Hay que tener en cuenta que conceptos como vacaciones incluidos en el finiquito no se pierden por haber dejado voluntariamente el puesto de trabajo. No tendrá derecho a percibir indemnización alguna, pero si las cantidades correspondientes a los días de vacaciones que no haya disfrutado durante ese año.

Es importante indicar, que en el contrato indefinido, si se quiere cesar de manera voluntaria, se debe preavisar a la empresa con 15 días (o lo que establezca el convenio según categoría). Si no la empresa estará en su derecho de descontarlo en el finiquito.

¿Qué es un contrato temporal?

Es igualmente un acuerdo entre empresa y trabajador. En el que ambas partes van a tener conocimiento de la fecha en la que finaliza la  relación laboral. La diferencia entre un contrato indefinido y uno temporal se encuentra en que este último puede ser:

-Contrato por obra o servicio determinado: muchas empresas caen en el error de hacer este tipo de contrato, sin existir dicha obra o servicio. Porque la duración según el Estatuto de los trabajadores, y a no ser que el convenio establezca algo diferente es máximo por tres años. En este caso no deben preocuparse de hacer prorrogas. Este contrato la mayoría de las veces por sentencia judicial se convierte en indefinido, por hacerlo sin tener una obra o servicio que justificar realmente.

Contrato de duración determinada: por acumulación de tareas tiene por lo general, a no ser que el convenio establezca algo diferente, una duración máxima de 12 meses en un periodo de 18. La persona contratada podrá estar máximo 12 meses. Para no se convertise en indefinida debe transcurrir un periodo mínimo de 6 meses hasta la nueva contratación. Si no se hace así ese trabajador se considera indefinido desde el inicio de la relación laboral.

-Contrato de sustitución: este contrato se utiliza entre otras ,para sustituir al personal de la empresa con derecho a una reserva de su puesto de trabajo, para cubrir un puesto que no está cubierto mientras dura el proceso de selección etc…

-Contrato en prácticas: aquí hay que diferenciar entre un contrato en prácticas, que es un contrato temporal para una persona que acaba de finalizar sus estudios, requisito indispensable y un contrato de becario, que es el que se le hace a alguien que también acaba de finalizar los estudios o que aún no los ha finalizado, y donde debe existir un convenio de colaboración con un centro de estudios. Sin ese acuerdo no se puede tener a ninguna persona en la empresa como becari@.

Otras características del contrato temporal

Otra características de este tipo de contrato, es que llegada la fecha de vencimiento le da derecho al trabajador de una indemnización. Por finalización de contrato temporal de 12 días de salario por año trabajado. En cambio el contrato indefinido tiene una indemnización por despido de 33 o 20 días.

El trabajador puede abandonar voluntariamente su puesto de trabajo en cualquier momento sin esperar a la fecha fin. Estos contratos al ser inferiores a un año (a no ser que el convenio establezca algo diferente), no se está obligado a dar el preaviso de los 15 días correspondientes.

En definitiva, contrato temporal o indefinido, depende de para quien es más ventajoso, antiguamente cuando un trabajador era indefinido casi siempre le aseguraba la permanencia en la empresa, pero llegada la crisis a nuestro país, la única diferencia entre uno y otro es la indemnización al finalizar la relación laboral.

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