Gratificación voluntaria absorbible

La gratificación o mejora voluntaria absorbible es un concepto que puede aparecer en tu nómina laboral y que hoy vamos a intentar explicar en nuestro artículo de la forma más comprensible. Pero, para poder entender este concepto, primero debemos prestar atención a la compensación y absorción de salarios regulada en el artículo 26.5 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué es la mejora voluntaria absorbible en la nómina?

Mecanismo de compensación y absorción de salarios

La compensación y absorción de salarios consiste en un mecanismo legal, utilizado por la empresa, para no subir el salario del trabajador cuando se produce un aumento en el Salario Mínimo Interprofesional o en el propio convenio colectivo. Este mecanismo sólo se aplicará si el salario del trabajador es mayor al salario que se va a establecer con la subida. Es decir, que el salario que está percibiendo el trabajador es más favorable que el aumento indicado en el convenio colectivo o el Salario Mínimo Interprofesional.

Por esta razón, puede que no veas incrementado tu salario en la nómina aunque aumente el SMI. Las subidas del SMI y los incrementos recogidos en el convenio colectivo son absorbidos y compensados por los complementos salariales que aparecen en la nómina.

Este mecanismo de compensación y absorción se aplica automáticamente, salvo pacto en contrario. Normalmente, aparece reflejado en el  convenio colectivo o en el propio contrato de trabajo como una cláusula. En la nómina laboral aparece bajo el concepto “complemento personal” o “complemento personal absorbible o compensable”.

Para que tenga lugar la compensación y absorción es necesario que concurran fundamentalmente dos requisitos:

  • Que el trabajador ya estuviera disfrutando de retribuciones superiores en cómputo anual.
  • Homogeneidad en los conceptos compensables.

Conceptos retributivos homogéneos

Para la compensación y absorción de salarios es imprescindible que los conceptos retributivos sean homogéneos entre sí.

Para que puedan se compensados y retribuidos los conceptos retributivos tienen que responder a una misma causa, consistir en una cuantía concreta, determinada y de periodicidad fija, aunque no tiene por qué tratarse del mismo e idéntico concepto salarial.

En la legislación actual no existe una relación o lista que englobe a todos los conceptos que pueden ser considerados homogéneos. Para saber si estamos ante un concepto compensable o no debemos acudir a la jurisprudencia, según la cual:

Son conceptos homogéneos:

  • Salario base (retribución fija que se paga al trabajador)
  • Pagas extraordinarias (remuneración adicional al salario)
  • Complemento de antigüedad (remuneración reconocida en el convenio colectivo por llevar un determinado tiempo trabajando en la empresa)
  • Paga de beneficios (cuantía que se cobra en función de los beneficios obtenidos por la empresa durante el año anterior. Se podría decir que se trata de una tercera paga extraordinaria. La mayoría de empresas prorratean esta paga.
  • Mejoras voluntarias de la empresa (mejoras en la prestaciones de la Seguridad Social)

Son conceptos NO homogéneos: (complementos no absorbibles ni compensables)

  • Plus por idiomas
  • Plus por dedicación
  • Pagos por un mayor trabajo realizado
  • Vacaciones
  • Horas extras
  • Primas por productividad
  • Plus de actividad
  • Complemento de destino específico
  • Plus de penosidad
  • Incremento por ascenso de puesto

Todos estos conceptos obedecen a circunstancias personales del trabajador.

Mejora voluntaria absorbible en la nómina

Resumiendo, a través de la gratificación o mejora voluntaria absorbible se evita la superposición de mejoras salariales quedando neutralizado, de este modo, cualquier aumento salarial establecido en el SMI o en el propio convenio colectivo. En otras palabras, con la compensación y absorción el trabajador cobrará un salario más favorable que el fijado o establecido en el orden normativo o convencional.

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