Todo autónomo debe de cumplir con una serie de requisitos fiscales a la hora de emprender y otra serie de formalidades una vez puesta en marcha la actividad.

Para ello es necesario una serie de conocimientos relativos a las formalidades de los modelos a presentar así como el conocimiento de los plazos y procedimientos. Desde MCLE ASESORES recomendamos delegar esta parte de la actividad de tu empresa en una gestoría online o asesoría especializada a fin de ahorrar mucho tiempo y eludir posibles multas, sanciones o inspecciones por una mala gestión de tus impuestos.

En esta entrada comentaremos cuales son los principales modelos a presentar ante la Agencia Tributaria.

Alta en el Censo

Ya hemos decidido emprender. Tenemos claro a que nos vamos a dedicar y queremos dar el primer paso. Pues bien, el primero de todos es la presentación del modelo 036 o el 037 antes del inicio de la actividad. Ambos modelos son iguales, la única diferencia estriba en la simplificación del modelo 036. Es decir, el modelo 037 no es más que una versión abreviada del modelo 036. Desde MCLE recomendamos siempre utilizar el 036.

Rellenar el Modelo 036

En el modelo 036 tendremos que comunicar nuestros datos fiscales y nuestro domicilio fiscal y el domicilio laboral, que en muchas ocasiones suelen ser el mismo. También deberemos especificar cuál es la actividad a la que nos vamos a dedicar señalando el oportuno epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE)  y proceder a su pago cuando corresponda, por ejemplo aquellos autónomos que facturen más de 1.000.000 de euros anuales. Por tanto, la inmensa mayoría de emprendedores no tendrán que hacer frente al pago del IAE.

Retenciones de IRPF

Mediante este modelo comunicaremos también a la Agencia Tributaria si tenemos la obligación de practicar retenciones de IRPF (si somos profesionales) o no (si somos empresarios) y el régimen por el que tributaremos en IRPF pudiendo elegir entre estimación directa, estimación directa simplificada o estimación objetiva. Podremos elegir siempre y cuando la actividad a la que nos dediquemos exija la inclusión en alguno de los anteriores regímenes obligatoriamente.

Regimen de IVA

También comunicaremos el régimen de IVA al que responderemos y la necesidad o no de incluirnos en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).

que obligaciones fiscales tiene un autónomo

Declaraciones que Debemos Presentar

Declaración de IRPF Trimestralmente

Deberemos presentar trimestralmente la declaración de IRPF. Si tributamos en estimación directa deberemos presentar el modelo 130. Si estamos en estimación objetiva deberemos presentar el modelo 131. En este modelo lo que hacemos es enfrentar los ingresos del trimestre correspondiente con los gastos y calcular el 20% de ese resultado que deberemos ingresar a la Agencia Tributaria como anticipo de nuestra renta. En caso de ser profesionales no deberemos presentar estos modelos, si no que lo haremos mediante el modelo 100 que se presenta anualmente.

Presentación del IVA Trimestralmente

Deberemos presentar trimestralmente el Impuesto de Valor Añadido mediante el modelo 303. En el informaremos de las cantidades de IVA recaudadas y soportadas. Igualmente enfrentaremos el IVA soportado frente al IVA devengado y obtendremos una cantidad a ingresar a favor de la administración o a ingresar a favor nuestro dependiendo de las operaciones.

Operaciones Intracomunitarias

Si estamos inscritos en ROI como operadores intracomunitarios y realizamos operaciones con miembros de la Unión Europea deberemos presentar también el modelo 349 que es meramente informativo y obligatorio.

Presentar el Modelo 390 al final del Año

En el último trimestre del año deberemos presentar el modelo 390 que es una declaración informativa que comprende los cuatro modelos 303 presentados a lo largo del año y cuyo carácter es obligatorio.

Presentar los Ingresos y Retenciones a Cuenta

Si somos profesionales o hemos contratado a alguno de ellos o si hemos tenido un empleado o tenemos facturas con retenciones de IRPF deberemos presentar el modelo 111 de retenciones de empleados y profesionales. Si estamos pagando un alquiler con retenciones de IRPF  deberemos presentar el modelo 115. Al igual que el IVA, estos modelos se presentan trimestralmente y también disponen de una modalidad anual que son los modelos 180 y 190 respectivamente cuyo carácter es informativo y obligatorio.

Declarar Operaciones Grandes con Terceros

Cuando a lo largo de un año tengamos un cliente o un proveedor con quien el volumen de facturación supere los 3000€ deberemos presentar el modelo 347 de carácter informativo y obligatorio a la Agencia Tributaria.

Declaración Anual de la Renta

Esta se realizara en el mes de abril del siguiente año. Cada modelo tiene su plazo de presentación que varia ligeramente cada año fiscal.

obligaciones fiscales autonomos

Debemos tener en cuenta que cualquier error u omisión en cualquiera de estos modelos aun sin existir “mala fe” son constitutivos de sanción por parte de la administración por lo que su tratamiento requiere de unos conocimientos firmes que, por lo general, no tenemos. Por tanto la mejor y más sensata opción es la delegación de estas tareas en empresas especializadas. Desde Mcle Asesores ofrecemos servicios para autónomos y pymes desde 30€

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