Reforma del subsidio por desempleo

El pasado miércoles 8 de mayo, el Ministerio de Trabajo y Economía Social junto a los sindicatos de CCOO y UGT, firmaron el acuerdo sobre la próxima reforma del subsidio por desempleo. Se pretende que el acuerdo, aún susceptible de modificaciones, entre en vigor en noviembre de 2024.

El objetivo principal de esta reforma es mejorar el empleo, compatibilizarlo y ampliar la protección del subsidio por desempleo, así como la inclusión en el mismo de más colectivos.

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Reforma del subsidio por desempleo en 2024

¿Qué cambios se esperan con la próxima reforma del subsidio por desempleo?

Como acabamos de mencionar, los puntos clave de esta reforma se pueden resumir en los siguientes:

  • Aumento de las cuantías de la prestación.
  • Inclusión de más colectivos.
  • Compatibilidad entre empleo y prestación.
  • Supresión del mes de carencia para recibir la ayuda.

Aumento de las cuantías de la prestación

Actualmente una persona con derecho al subsidio por desempleo está cobrando 480 €. Con la entrada en vigor de la futura reforma para el cálculo de la cuantía se tendrá en cuenta el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), de tal modo que las cuantías quedarán de la siguiente forma:

  • Los 6 primeros meses se cobrará el 95% del IPREM, esto es 570€.
  • Durante los 6 meses siguientes se tendrá derecho al 90% del IPREM, es decir, 540€.
  • El período restante hasta agotar la prestación será del 80%, esto es 480€.

Por otro lado, hay que señalar que el subsidio para mayores de 52 años seguirá siendo el 80% del IPREM, 480€. Este será el único colectivo que no se beneficiará de la reforma, puesto que la cuantía de la prestación será la misma que hasta ahora. Lo que también se sigue manteniendo para este colectivo es la cotización por jubilación en el 125% de la base de cotización vigente en cada momento.

Inclusión de más colectivos

Se mantienen los colectivos incluidos hasta ahora y se añaden como novedad las victimas de violencia de género y los emigrantes retornados. Con lo cual, las personas que podrán acceder al subsidio por desempleo serán las señaladas a continuación:

  • Menores de 45 años sin cargas familiares.
  • Mayores de 52 años.
  • Eventuales agrarios.
  • Trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla.
  • Quienes acrediten tener menos de 6 meses cotizados.
  • Emigrantes retornados.
  • Víctimas de violencia de género.

Reforma del subsidio por desempleo en 2024

Compatibilidad entre empleo y prestación

Otra de las novedades más llamativas que incorpora el borrador es la posibilidad de compatibilizar un trabajo con la prestación contributiva por desempleo, así como con la prestación asistencial de subsidio.

La compatibilidad entre el subsidio y un nuevo empleo, con independencia del tipo de contrato de que se trate, será como máximo de 180 días. Se podrá cobrar una cuantía de 570€ mensuales y compatibilizarlo con el trabajo siempre que el salario del nuevo empleo no supere los 1.350€.

Supresión del mes de carencia para recibir la ayuda

Ya no habrá que esperar un mes tras agotar el paro para poder solicitar el subsidio. Con la nueva entrada de la reforma la ayuda se cobrará desde el primer día.

Otra novedad a tener en cuenta es el endurecimiento de los plazos. En el caso de que hayan transcurrido 6 meses desde que se extinguió la prestación por desempleo, la solicitud para el subsidio será directamente denegada.

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