Aumento del permiso por nacimiento

En enero de 2021 se igualó, para ambos progenitores, el permiso por nacimiento y cuidado del menor a 16 semanas, cobrando los progenitores el 100% del salario. Es decir, tanto el permiso por maternidad como el de paternidad quedaron equiparados. Este derecho por nacimiento es individual e intransferible, si uno de los padres no puede disfrutarlo no podrá cedérselo al otro. De las 16 semanas, 6 se disfrutarán después del parto de forma ininterrumpida por ambos progenitores. Estas 6 primeras semanas de baja por nacimiento son obligatorias.El resto de semanas se podrán distribuir en función de la organización familiar. El límite para disfrutarlas se establece dentro del primer año desde el nacimiento, esto es, hasta que el bebé cumpla los 12 meses.

¿Pero, qué sucede en el caso de las familias monoparentales?

La actual regulación discrimina a las familias monoparentales al no establecer un permiso mayor por nacimiento y no poder acumular ambos permisos como en el caso de familias con dos progenitores.

Con la futura Ley de diversidad familiar se pretende adaptar la legislación actual a la realidad social y aumentar el permiso por nacimiento hasta las 24 semanas. Otro de los aspectos fundamentales que se pretenden con esta ley es aglutinar los dos permisos en un solo progenitor en el caso de familias monoparentales.

La realidad es que de aqui a que esta ley se elabore y tramite queda un largo camino. Aunque esté en la agenda del Ministerio de Derechos Sociales aún no se ha presentado ante el Consejo de Ministros un anteproyecto de la futura ley.

Por esta razón, vamos a examinar de cerca la jurisprudencia relativa a la ampliación del permiso por nacimiento y cómo la actual regulación vulnera el principio de igualdad y, a su vez, discrimina a las familias monoparentales.

Cómo solicitar la ampliación del permiso por nacimiento en familias monoparentales

Cómo solicitar la ampliación del permiso por nacimiento en familias monoparentales

Sentencias de ampliación del permiso por nacimiento a familias monoparentales

Existe una sentencia dictada en A Coruña en la que se reconoce el derecho de una familia monoparental a la ampliación del permiso. La madre demandante solicitó al INSS el disfrute de las 16 semanas adicionales que le hubiesen correspondido al otro progenitor en el caso de que la familia hubiese sido biparental.  Esta medida le fue denegada, por lo que tuvo que acudir a la vía judicial.

Como resultado de todo el proceso, el permiso se amplió a 32 semanas. La fundamentación consistió en alegar que las familias con un solo progenitor se encuentran en una situación mucho más desfavorable que una familia con dos progenitores. El menor tiene el mismo derecho a cuidados durante 32 semanas al igual que cualquier otro bebe nacido en una familia biparental. En caso contrario, se estaría vulnerando la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE así como la Convención de los Derechos del Niño. No puede ni debe haber diferenciación entre niños nacidos en familias monoparentales o biparentales. Prima, ante todo, el interés superior del menor.

Otra sentencia que da la razón a una familia monoparental es la dictada en Euskadi en la que se consiguió una ampliación del permiso en 10 semanas adicionales.

En Cataluña, el Tribunal Superior de Justicia amplió en 8 semanas el permiso de una madre ante la inexistencia del otro progenitor. La sentencia consideró que no podía denegarse la ampliación del permiso, basándose en una cuestión de igualdad de género.

Lo justo para las familias monoparentales sería que este derecho fuera reconocido legalmente sin tener que llegar a la vía judicial.

Cómo solicitar la ampliación del permiso por nacimiento en familias monoparentales

Pasos a seguir para ampliar el permiso por nacimiento en familias monoparentales

El primer paso que deberás seguir para aumentar el permiso por nacimiento en el caso de que seas familia monoparental, es solicitarlo al INSS.

Una vez presentada la solicitud al INSS, te llegará la denegación de la ampliación del permiso. Es aquí cuando deberás interponer una reclamación previa en el plazo de 30 días hábiles. El INSS deberá contestarte en el plazo de 45 días hábiles. Si la contestación también resulta desestimada, tendrás que presentar en el plazo de 30 días una demanda ante el Juzgado de lo Social. Para presentar dicha demanda no es necesario abogado ni procurador.

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