¿Puedo enlazar el final de la baja médica con las vacaciones?
Una vez que el trabajador obtiene el alta médica, puede disfrutar de las vacaciones que tiene pendientes. No obstante, este disfrute tiene que hacerse dentro del plazo de 18 meses desde que éstas se originaron (artículo 38.3 Estatuto de los Trabajadores). Transcurridos los 18 meses sin haberlas disfrutado, el derecho a coger las vacaciones pendientes caduca. También es importante saber que durante la baja médica se siguen generando días de vacaciones.

¿Puedo seguir disfrutando de las vacaciones inmediatamente después de una baja laboral?
¿Tengo que comunicárselo previamente a la empresa?
Es fundamental comunicar a la empresa la intención de enlazar la baja médica con las vacaciones. De esta forma, la empresa tendrá conocimiento y valorará si tu ausencia en ese período perjudica o no la actividad empresarial. Para solicitarlas, lo más aconsejable es hacerlo mediante escrito, con antelación y señalando las fechas exactas de su disfrute. Aunque tengas derecho a disfrutar libremente de las vacaciones pendientes, la empresa puede negarse a que las disfrutes en el período seleccionado alegando que perjudicaría a la actividad de la empresa. No obstante, la empresa tendrá que proponerte que elijas otras fechas para su disfrute.
¿Se generan nuevos días de vacaciones estando de baja médica?
Durante el tiempo que el trabajador se encuentra de baja médica, se siguen generando días de vacaciones. Por cada mes de baja médica, nacen 2,5 días de vacaciones. El derecho a las vacaciones no se pierde por enfermedad, se acumula para su posterior disfrute. Pero, recuerda que existe un límite de 18 meses para reclamarlas y disfrutarlas. Este límite de 18 meses no se aplica en las bajas por maternidad, paternidad o riesgos durante el embarazo. En estas situaciones, no existe ningún límite para disfrutar de las vacaciones acumuladas por la baja.

¿Puedo seguir disfrutando de las vacaciones inmediatamente después de una baja laboral?
¿Qué ocurre si enfermas durante las vacaciones?
Si mientras te encontrabas de vacaciones enfermas y te dan la baja médica, el período de vacaciones se interrumpe. Deberás informar a la empresa, lo antes posible, para que tenga conocimiento y las vacaciones queden formalmente suspendidas. Una vez tengas el alta médica, tienes derecho a disfrutar de los días que coincidieron con la baja. Para ello, como hemos mencionado anteriormente, dispones de un plazo de 18 meses para disfrutarlas. Si, por el contrario, deseas continuar con tus vacaciones nada más obtener el alta médica, deberás informar igualmente a la empresa para que quede constancia.
Conclusión: Recuerda que tienes derecho a solicitar los días de vacaciones que te pertenecen justo después del alta médica.
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