¿Es posible para un autónomo cotizar a tiempo parcial?

Existe una duda bastante generalizada acerca del autónomo a tiempo parcial. Muchos emprendedores cuando comienzan su actividad no dedican más de 20 horas semanales a la misma. La primera idea e intención de la mayoría de ellos suele ser darse de alta como autónomo a media jornada. Pero, lo cierto es que a día de hoy la figura del autónomo parcial aún no existe. Aún así, existen otras posibilidades y alternativas para darte de alta como autónomo y que, por lo menos, durante un tiempo no tengas que pagar una barbaridad de cuota por tan sólo unas horas semanales  de trabajo autónomo.

Nos estamos refiriendo al régimen de pluriactividad, a través del cual cabe la posibilidad de ser autónomo y asalariado al mismo tiempo.

Veamos a continuación en qué consiste este régimen de pluriactividad y sus bonificaciones.

¿puedo ser autónomo a tiempo parcial?

Régimen de pluriactividad

Como acabamos de mencionar, la figura del autónomo parcial actualmente se rige por el régimen de pluriactividad. Para la pluriactividad si existe una regulación normativa específica. En este caso, la persona está dada de alta como autónomo pero también cotiza a la Seguridad Social como un trabajador por cuenta ajena. Es decir, se cotiza en más de un régimen de la Seguridad Social.

Deberemos tener en cuenta que las cuotas a la Seguridad Social, los impuestos y las obligaciones son iguales tanto para el autónomo que trabaje a jornada completa como para el que lo haga a jornada parcial dedicándole solamente unas cuantas horas a la semana.

Para el autónomo a jornada parcial no existe reducción  en las cotizaciones, salvo si se acoge al régimen de pluriactividad y es nuevo autónomo o emprendedor, en cuyo caso podrá disfrutar de bonificaciones o deducciones. En otras palabras, los nuevos autónomos que estén cotizando en más de un régimen de la seguridad social (régimen de pluriactividad) tendrán derecho a deducciones o bonificaciones.

Bonificación por pluriactividad de nuevos autónomos

Los nuevos autónomos podrán solicitar la bonificación por pluriactividad cuando tramiten el alta de autónomo por primera vez en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Para acceder a dicha bonificación deberás gestionar el alta de autónomo estando ya contratado por cuenta ajena. Si no has sido autónomo en los últimos 2 años y tampoco has disfrutado de esta bonificación con anterioridad, podrás obtener una reducción en tu cuota por pluriactividad.

¿En qué consiste esta bonificación? A la hora de darse de alta por primera vez hay que distinguir en qué situación se encuentra el trabajador autónomo.

  • En el caso de encontrarnos en una situación de pluriactividad, el autónomo podrá elegir como base de cotización la comprendida entre el 50% de la base mínima establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado durante los primeros 18 meses, y el 75% durante los siguientes 18 meses, hasta llegar a las bases máximas.
  • Si nos encontramos en una situación de pluriactividad pero existiendo ya una contratación a tiempo parcial por cuenta ajena, se podrá elegir como base de cotización la comprendida entre el 75% de la base mínima establecida en la LGPE durante los primeros 18 meses, y el 85% durante los siguientes 18 meses, hasta llegar a las bases máximas.

Autónomo a tiempo parcial

Conservación de la bonificación

Para conservar la reducción de la base de cotización elegida por el trabajador autónomo, éste deberá:

  • Mantener la situación de pluriactividad.
  • Continuar de alta en el RETA. La baja en el RETA extingue el derecho. Sin embargo, la baja en el Régimen distinto al RETA suspende el derecho a la reducción, es decir, no lo extingue. En este caso, si no hubiera transcurrido la duración máxima de 36 meses, se podría retomar el derecho a la aplicación de la base reducida hasta su duración máxima.

Solicitud de la base reducida por pluriactividad

Para acceder al servicio de solicitud de la base reducida por pluriactividad tendremos que dirigirnos a la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

El usuario deberá disponer de:

  • Certificado digital o DNI electrónico.
  • Usuario+ Contraseña (similar a Cl@ve permanente)
  • Cl@ve

El servicio de solicitud estará disponible tanto para ciudadanos como para empresas.

¿Cómo se cotiza estando en pluriactividad?

Al estar dado de alta en dos regímenes distintos de la Seguridad Social estarás pagando dos seguros que cubren las mismas contingencias ( permisos, accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, incapacidad temporal…). Por esta razón, podrás excluir al darte de alta en el RETA  algunas coberturas, puesto que ya cotizas por ellas en otro régimen de la Seguridad Social.

Resumiendo, si te das de alta como autónomo en pluriactividad las contingencias tendrán carácter voluntario, puesto que  ya estas cubriendo los costes de tus seguros sociales  en tu cotización a través del Régimen General.

¿Tarifa plana o régimen de pluriactividad?

La bonificación por pluriactividad y la tarifa plana para autónomos no son compatibles entre sí. El emprendedor o nuevo autónomo tendrá la opción de elegir  entre una u otra, pero nunca las dos.

Obviamente, si vas a realizar una actividad como autónomo a corto plazo, lo más lógico es optar por el descuento en la tarifa plana.

SOMOS PUNTO DE ATENCIÓN AL EMPRENDEDOR

En Mcle asesores te ayudamos con todos tus trámites para darte de alta como autónomo.

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