Campaña Renta 2021-2022

Dentro de poco más de un mes, comenzaremos con la presentación de la Renta correspondiente a los ingresos obtenidos en 2021. Esta campaña trae consigo una serie de novedades, relativas a las operaciones realizadas en criptomonedas, las ayudas a las personas afectadas por el volcán de La Palma, materia energética, ERTE, planes de pensiones, etc…

Veamos una por una cada una de estas novedades:

Novedades Renta 2021-2022

Criptomonedas

Para evitar la evasión y el fraude fiscal, este año se deben reflejar en la declaración de la Renta los ingresos obtenidos en criptomonedas que superen los 1.000 €. El lugar donde tengamos las criptomonedas es indiferente, es decir, habrá que declararlas tanto si se tienen en España como en el extranjero. En este último caso habrá que incluirlas en la Declaración Informativa sobre Bienes y Derechos en el extranjero (Modelo 720).

Una criptomoneda es una moneda virtual, con un cifrado criptográfico, que impide que se puedan hacer copias. Uno de los ejemplos de criptomonedas más conocido es el bitcoin.

Personas afectadas por el volcán de La Palma

Las ayudas recibidas por los daños ocasionados por volcán de La Palma están exentas de tributar el IRPF.

Aumento en el IRPF

Cambia el número de tramos del IRPF (6 tramos en lugar de 5), al incluir un nuevo tipo de gravamen del 47% para las rentas más altas (más de 300.000€).

Materia energética

En cuanto a la vivienda, podremos beneficiarnos de un 20% hasta un 60 % dependiendo del tipo de obra y mejora realizada. Nos estamos refiriendo a las obras de mejora que se realicen para la eficiencia energética de viviendas.

ERTE

Los ERTE son considerados rendimientos del trabajo, por lo que deberán declararse.

Ingreso Mínimo Vital

El IMV se considera rendimiento del trabajo, por lo tanto, los beneficiarios tendrán la obligación de declararlo en la Renta.

De esta manera la Seguridad Social podrá controlar los ingresos de los perceptores de esta prestación.

Cabe destacar, que Hacienda considerará como segundo pagador a cualquiera que aparezca con un identificador distinto, como por ejemplo la prestación por desempleo, las pensiones, ERTE, ayudas sociales, etc.

Planes de pensiones

Las desgravaciones de los planes de pensiones privados individuales tendrán un límite máximo de 2.000 € anuales.

Los planes de empresa tendrán un límite de 8.000€. En el caso de disponer de ambos planes de pensiones, la reducción máxima no podrá superar los 10.000€.

Impuesto sobre el Patrimonio

Habrá un incremento del 2,5% al 3,5% para aquellos que superen los 10 millones de euros.

Novedades renta 2021-2022

Novedades renta 2021-2022

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración?

Aunque han cambiado los tramos de la renta, el mínimo por el cual existe la obligación de presentar la declaración sigue siendo el mismo.

Todos los trabajadores, ya sea por cuenta propia o ajena, pensionistas y todas aquellas personas que ingresaron más de 22.000 € durante el año 2021, procedentes de un solo pagador, tienen la obligación de presentar la declaración de la renta.

El límite se establece en 14.000 € en el caso de haber tenido dos o más pagadores, siempre que los ingresos procedentes del segundo y el resto de pagadores hayan superado los 1.500 euros. 

Autónomos, ¿es obligatorio presentar la declaración?

Quedarán exceptuados aquellos autónomos que ganen menos de 1.000€ al año por rendimiento de actividades económicas. El resto, tendrán la obligación de presentar la declaración anual del IRPF.

Pensiones que no tributan en el IRPF

Existen algunas pensiones que están libres de impuestos, por lo que los ingresos recibidos por las mismas no se tienen en cuenta para la declaración de la Renta.

No tendrán que incluirse en la declaración de la renta:

  • Pensiones contributivas de incapacidad permanente en sus grados de absoluta y gran invalidez.
  • Prestación por inutilidad o incapacidad permanente.
  • Pensiones de orfandad y a favor de nietos y hermanos, menores de 22 años o incapacitados para todo trabajo.
  • Prestaciones públicas extraordinarias por actos de terrorismo.
  • Prestación por maternidad o paternidad.
  • Capitalización del paro.
  • Anualidades por alimentos o becas públicas, etc.

Y todas aquellas que aparezcan en el artículo 7 de la Ley General del IRPF.

Simulador (Renta Web Open)

Antes de acceder al borrador final, tenemos la opción de acceder a un simulador que podremos encontrar en la página web de la Agencia Tributaria. Este simulador nos va a permitir probar distintas deducciones para que el resultado final, antes de presentar la declaración definitiva, sea lo más favorable posible. La Renta Web Open no permite la presentación de la declaración ni trasladar los datos obtenidos a la declaración oficial. Como ya hemos comentado, es simplemente un simulador.

Para acceder a dicho simulador no hacen falta claves ni certificados. Se trata de una herramienta gratuita y de libre acceso.

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Novedades renta 2021-2022

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