Alta de autónomo en varias actividades económicas

Los autónomos que desempeñen más de una actividad profesional,  deberán darse de alta en tantos epígrafes del IAE como actividades desempeñen. Aunque, lo recomendable es encontrar un epígrafe dónde podamos incluir todas las actividades y así poder simplificar nuestras obligaciones fiscales.

Antes de entrar en materia, vamos a explicaros dos conceptos que, generalmente, crean confusión y pueden llevarnos a cometer algún que otro error debido a sus diferentes numeraciones. Nos estamos refiriendo al IAE y al CNAE.

¿puedo darme de alta en varias actividades siendo autónomo?

Alta de autónomo en varias actividades

IAE y CNAE en el alta de autónomo para varias actividades

El IAE es un impuesto de Actividades Económicas, mientras que el CNAE es la clasificación nacional de Actividades Económicas.

El impuesto sobre actividades económicas (IAE) es un gravamen al desarrollo de actividades empresariales, profesionales o artísticas que se desarrollen en territorio español, aunque sea de forma ocasional. Se aplica independientemente de si se ejercen en un local determinado o sin local.

Con este impuesto se clasifican todas las actividades económicas donde se estructuran en base a unas tarifas.

Quedan exentos y no están obligados a presentar la declaración del IAE:

  • las personas físicas
  • las entidades que inicien el ejercicio de su actividad en territorio español, están exentas durante los dos primeros períodos impositivos.
  • las empresas con un volumen de facturación inferior al millón de euros.
  • los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que operen en España mediante establecimiento permanente y, que no superen el millón de euros.

Resumiendo, el IAE representa la actividad en la que se encuadrará la empresa. La gran mayoría de pymes estarán exentas del pago debido a que no reúnen los criterios para tener que abonar el impuesto.

Por otro lado, el CNAE es un código numérico que se le asigna a la empresa o autónomo en función de la actividad económica que desarrolle. En la página web del CNAE podéis consultar la lista los diferentes códigos que existen.

La numeración del IAE y del CNAE no tienen por qué coincidir. Lo ideal es conocer ambos códigos y saber cuando hay que emplear cada uno. El CNAE suele emplearse en la Agencia Tributaria para efectos estadísticos, mientras que los efectos del IAE son meramente tributarios.

Alta de autónomo en varias actividades

¿Qué sucede si realizo de forma simultánea actividades diversas?

Como hemos mencionado anteriormente, lo ideal es encontrar un epígrafe donde poder englobar todas nuestras actividades. Pero, no siempre es posible encontrar un epígrafe que se adapte a nuestras actividades. Así que tendrás que optar por varios epígrafes.

El IAE determinará el tipo impositivo y el régimen de tributación que se aplicará. Es decir, puede que realicemos una actividad en donde tengamos que declarar trimestralmente el IVA y otra actividad en la que no. En este caso, tendremos que especificar en el modelo 036 o 037 los dos epígrafes diferentes del IAE. Deberemos llevar una contabilidad diferenciada de cada actividad para ahorrarnos mas de un quebradero de cabeza.

En cuanto a la declaración del IRPF, ésta solo dependerá del volumen de ingresos y gastos, y no de la actividad que desarrollemos. Por lo que, nos resultará mucho más sencillo.

A la hora de tributar, deberemos hacerlo en la misma modalidad. No podemos tributar por estimación directa en una actividad y hacerlo en otra por estimación objetiva.

He iniciado una segunda actividad como autónomo, ¿a quién y cómo debo comunicárselo?

A través del Modelo 036 podrás comunicar a Hacienda la variación censal. Dispondrás del plazo de un mes desde que se produzca el hecho para comunicar la nueva actividad.

Muchas veces se comete el error de no comunicar este cambio a la Agencia Tributaria. En ocasiones, esto es debido a que pensamos, erróneamente, que como ya estamos cumpliendo con nuestras obligaciones trimestrales y estamos dados de alta como autónomos no es necesaria tal comunicación. Pero os aclaramos que sí es obligatorio comunicarlo, al igual que lo es también comunicar cualquier modificación censal que se produzca ( cambio de domicilio, alta o baja de locales de negocio…)

Igualmente, deberemos comunicárselo a la Seguridad Social.

Para concluir, recalcar que los autónomos pueden trabajar en varias actividades de diferentes sectores a la vez. La cuota de autónomo no varía en función de la actividad, es decir, sólo pagaremos una cuota de autónomos independientemente de las actividades que desarrollemos. Eso sí, habrá que notificárselo a Hacienda y a la Seguridad Social y cumplir con las reglas básicas establecidas como, por ejemplo, tributar siempre por el mismo sistema.

Desde MCLE ASESORES recomendamos delegar esta parte del proceso para evitar posibles sanciones

MCLE ASESORES LABORALES Y TRIBUTARIOS

Deja un comentario

×

Hola!

¿hablamos por WhatsApp? y fuera de horario de atención contacta a través de nuestro formulario de contacto. 

×