Se anula la obligación de pagar digitalmente el IRPF

La Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la que se anula la obligatoriedad de todos los contribuyentes a presentar la declaración del IRPF únicamente de forma telemática, es decir, dicha sentencia anula la obligación establecida hasta ahora de pagar el IRPF solamente por internet. Los contribuyentes, en la próxima declaración del IRPF, podrán optar por realizarla en papel o por internet.

La obligatoriedad de declarar digitalmente fue impuesta por una Orden emitida por Hacienda. El motivo que ha llevado al Tribunal Supremo a invalidar esta orden ha sido la falta de consideración hacia los contribuyentes. Esta orden debería de ser una opción para el ciudadano y no una imposición. No todos los contribuyentes disponen de los medios ni del conocimiento suficiente para llevar a cabo dicha obligación de forma telemática.  

Una sentencia anula la obligación de pagar el IRPF solamente por internet

Una sentencia anula la obligación de pagar el IRPF solamente por internet

Pago de forma presencial en cualquier entidad financiera

El próximo pago ya se podrá abonar a través del papel de pago generado por el servicio de impresión de la sede electrónica de la Agencia Tributaria y, de forma presencial, en cualquier entidad financiera colaboradora en la gestión recaudatoria.

Los contribuyentes que hubieran fraccionado su pago en dos plazos podrán hacer este segundo pago en el mes de noviembre a través de esta opción. Una opción que facilita la vida a muchos trabajadores y autónomos que no disponen de medios electrónicos o de un gestor que les lleve a cabo los trámites.

De momento no se sabe si esta orden se aplicará sólo al Modelo 100 de declaración de la Renta y el 102 correspondiente al segundo pago del IRPF anual. Respecto a los modelos 130 o 131 tendremos que esperar hasta octubre para ver si la orden también se extrapola al pago trimestral del IRP.

Obligación de presentar telemáticamente el resto de impuestos

Todos los años la Agencia Tributaria añade un impuesto a su lista de tributos que tienen que pagarse obligatoriamente de forma telemática. El último impuesto añadido ha sido el IVA. El 1 de enero de 2023 se impuso su pago solamente de forma telemática desapareciendo la forma presencial mediante papel impreso.

Lo lógico, después de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo, sería que los demás impuestos dejen de presentarse de forma obligatoria solo mediante medios electrónicos, dando la posibilidad a los contribuyentes a decidir que opción se adecúa más a sus circunstancias.

Una sentencia anula la obligación de pagar el IRPF solamente por internet

Posibilidad de recurrir sanciones por pagar la renta fuera del plazo establecido

El contribuyente tendrá la posibilidad de recurrir aquella multa o recargo que se le haya impuesto por no presentar el IRPF dentro de plazo. Eso sí, tendrá que justificar que el retraso en el pago del impuesto fue debido a la falta de conocimiento del uso de medios telemáticos.

En los próximos meses veremos si esta sentencia surte realmente efecto y se extiende también al IVA.

MCle Asesores Laborales y Tributarios

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