Bonificaciones e incentivos para la contratación

El Real Decreto-Ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral introduce novedades en las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social.

Veamos a continuación las novedades que introduce este Real Decreto que tendrán efecto a partir del 1 de septiembre de 2023.

Nuevas bonificaciones para la contratación en 2023

Nuevas bonificaciones para la contratación en 2023

¿Quiénes podrán optar a los beneficios de la contratación?

Podrán ser beneficiarios en las cotizaciones sociales:

  • Las empresas
  • Los autónomos
  • Las sociedades laborales o cooperativas
  • Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro

Todas ellas, deberán estar inscritas en el sistema de la Seguridad Social como sujetos responsables del ingreso de cuotas. Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • No haber sido inhabilitado ni excluido para obtener el acceso a subvenciones y ayudas públicas.
  • Estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Contar con un plan de igualdad efectiva de mujeres y hombres debidamente inscrito en el registro público. Este requisito será exigible para las empresas con 50 o más trabajadores o cuando así lo establezca el propio convenio colectivo aplicable.

El beneficiario tendrá la obligación de mantener en situación de alta al trabajador al menos 3 años desde la fecha de inicio del contrato, transformación o incorporación del trabajador bonificado.

Colectivos con contratación incentivada

¿Qué personas o colectivos podrán contratar las empresas para poder acceder a las bonificaciones?

  • Personas de atención prioritaria inscritas como demandantes de empleo.
  • Personas con discapacidad.
  • Personas en riesgo o situación de exclusión social.
  • Mujeres víctimas de violencia de género.
  • Víctimas del terrorismo
  • Trabajadores que vean transformados sus contratos temporales en indefinidos.

Nuevas bonificaciones para 2023

A continuación vamos a desglosar cada uno de los colectivos con contratación incentivada, así como la cuantía de la bonificación en la cotización y su duración.

Contratación indefinida

  • 128 € al mes durante 4 años para la contratación indefinida de personas con capacidad intelectual límite.
  • 138 € al mes durante 2 años para la contratación indefinida de trabajadores readmitidos tras haber cesado en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta. Esta bonificación también será de aplicación en los casos de: – personas mayores de 55 años con incapacidad permanente reincorporadas a su empresa en otra categoría y – personas mayores de 55 años que recuperen su capacidad y pudieran ser contratadas por otra empresa.
  • 128 € al mes durante 4 años para la contratación indefinida de mujeres víctimas de violencia de género y de violencia sexual.
  • 128€ al mes durante 4 años para la contratación indefinida de personas en situación de exclusión social en general .Y 147 € al mes durante un período máximo de 12 meses para el primer contrato tras la finalización de un contrato con un empresa de inserción. Ampliable por 3 años más por una cuantía de 128 € al mes.
  • 110 € al mes durante 3 años para la contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración. Y 128 € al mes durante 3 años cuando estos contratos se celebren con mujeres o personas de 45 o más años.
  • 128 € al mes durante 4 años por la contratación indefinida de víctimas del terrorismo.
  • 275 € al mes durante 3 años por la contratación indefinida de personas jóvenes menores de 30 años con baja cualificación beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Nuevas bonificaciones para la contratación en 2023

Contratación temporal

Bonificación de 366 € al mes durante durante el período de sustitución para los contratos de duración determinada celebrados con personas desempleadas para sustitución de personas trabajadoras en determinados supuestos:

  • Para la sustitución de autónomos de baja por riesgo durante el  embarazo, riesgo en la lactancia, nacimiento o cuidado del menor lactante.
  • Menores de 30 años en desempleo para sustituir a una persona de baja por riesgo durante el embarazo, riesgo en la lactancia, nacimiento o cuidado del menor lactante.
  •  Personas desempleadas con discapacidad para sustitución de trabajadores con discapacidad que tengan suspendido su contrato de trabajo por incapacidad temporal.

Conciliación

  • 366 € al mes durante el período en que se superpongan el contrato de sustitución y la prestación para la cotización de personas trabajadoras, socios trabajadores o socios de trabajo de las sociedades cooperativas sustituidas durante el nacimiento, cuidado del menor, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia.
  • 138 € al mes durante el cambio de puesto de una persona por riesgo en el embarazo o la lactancia, o para adaptar su trabajo a una enfermedad profesional.

Nuevas bonificaciones para la contratación en 2023

Contratos formativos (contratos de formación en alternancia)

  • 91 € al mes, durante su vigencia e incluidas sus prórrogas, por la realización del contrato de formación en alternancia.
  • 28 € al mes, durante su vigencia, en las cuotas de la persona trabajadora a la Seguridad Social y por los conceptos de recaudación conjunta.
  • 1,50 € por alumno/hora de tutoría por los costes derivados de la tutorización de las personas trabajadoras. Para el caso de empresas con menos de 50 trabajadores, la bonificación será de 2 € por alumno/hora de tutoría.

Transformación en indefinidos de contratos formativos y de relevo

  • 128 € al mes durante 3 años por la transformación en indefinidos de contratos formativos a la finalización de su duración inicial o prorrogada. En el caso de que se tratara de mujeres, la bonificación será de 147 € al mes.
  • 55 € al mes durante 3 años por la transformación en indefinidos de contratos de relevo. En el caso de mujeres, la bonificación será de 73 € al mes.
  • 138 € al mes durante un período máximo de 3 años por la incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación práctica en empresas.

Sectores específicos o especiales

  • 73 € al mes durante 3 años por la incorporación de personas trabajadoras desempleadas como socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales. Si la incorporación se realiza con menores de 30 años o personas menores de 35 años con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, la bonificación será de 147 € al mes durante el primer años, y de 73 € durante los 2 años siguientes.
  • 115 € al mes por la contratación de personal investigador predoctoral durante la vigencia del contrato.
  • 55 € al mes durante 3 años por la transformación en contratos fijos-discontinuos de contratos temporales suscritos con trabajadores por cuenta ajena agrarios. En el caso de tratarse de mujeres, la bonificación será de 73 € al mes.
  • 262 € al mes durante los meses de febrero, marzo y noviembre por la prolongación del periodo de actividad de las personas trabajadoras con contratos fijos-discontinuos en los sectores de turismo, comercio y hostelería.

NOVEDAD:

Desde la publicación en enero del Real Decreto hasta su entrada en vigor (1 de septiembre de 2023) se han añadido nuevas exclusiones a la hora de solicitar los incentivos. Puedes consultarlas en el siguiente enlace: Bonificaciones e incentivos por contratar de mayores de 45 años.

En Mcle Asesores somos especialistas en gestiones laborales. No dudes en contactarnos.

Mcle tu gestoría online de confianza

Deja un comentario

×

Hola!

¿hablamos por WhatsApp? y fuera de horario de atención contacta a través de nuestro formulario de contacto. 

×